Opinion

La declaración

Sergio Sarmiento
Analista político y periodista

2014-11-25

Distrito Federal— ¿Es verdad que la primera dama no tiene obligación de presentar una declaración patrimonial? En principio, la esposa de un presidente no tendría que hacerlo. Su servicio al frente del DIF es ad honorem, sin remuneración, por lo que no es realmente servidora pública.
Para que no presente declaración patrimonial, sin embargo, supongo que la presidenta del DIF no podría tomar decisiones de dinero. La Secretaría de la Función Pública señala que deben presentar declaración “todos los servidores públicos que manejen o apliquen recursos económicos, valores y fondos de la federación; realicen actividades de inspección o vigilancia; lleven a cabo funciones de calificación o determinación para la expedición de licencias, permisos o concesiones, y quienes intervengan en la adjudicación de pedidos o contratos”. Si estas funciones en el DIF las ejerce la directora, Laura Vargas Carrillo (esposa del secretario de gobernación, Miguel Ángel Osorio Chong), Angélica Rivera no tendría que presentar declaración.
El presidente Enrique Peña Nieto, en cambio, sí tiene obligación de declarar los bienes de su cónyuge, no importa si el matrimonio es por separación o por bienes mancomunados. El servidor público debe declarar los bienes de su cónyuge o incluso de su concubina. La declaración patrimonial del presidente Peña Nieto, sin embargo, no incluye los bienes de la señora Angélica Rivera.
¿Qué bienes deben incluirse? Aquellos que ya sean de su propiedad. La casa original de Angélica Rivera, la que se ubica en Paseo de las Palmas 1325 y que Televisa puso a su nombre en 2010 al finiquitar su contrato, tendría que estar incluida en la declaración del presidente. También los apartamentos de Miami y La Herradura. La ley no obliga a declarar bienes que no hayan sido adquiridos o que estén en proceso de compra. El presidente no tendría que declarar los dos predios de Sierra Gorda 150 que se encontraban adyacentes a la casa original de Televisa y que su esposa está adquiriendo a plazos.
Pero la ley sí ordena declarar “los adeudos como créditos hipotecarios, préstamos personales, compras a crédito, tarjetas de crédito y otros adeudos”. En otras palabras, si una empresa propiedad de un contratista gubernamental, Juan Armando Hinojosa, otorgó a la señora Rivera un crédito para la adquisición de los dos predios fusionados de Sierra Gorda y para la construcción de la casa que ahí se ubica, el presidente Peña Nieto debió haberlo incluido en su declaración.
Yo no sé si el dinero que pagó Televisa a la señora Rivera en 2010 –cuando su esposo era gobernador del estado de México y precandidato a la Presidencia– fue mucho o poco. No era un pago anual sino un finiquito que incluía una cláusula de no competencia de cinco años. La señora Rivera pagó 39 millones de pesos de impuestos ese año, cifra que corresponde a los 131 millones que declara como ingreso. Más cuestionable es el crédito de la empresa de Hinojosa.
El presidente sí parece haber incurrido en una falta al no incluir la propiedad de Paseo de las Palmas o el crédito de Hinojosa en su declaración patrimonial. ¿Cuál es la sanción? “El artículo 37 de la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos dispone que el servidor público que faltare a la verdad con lo que es obligatorio manifestar, será suspendido de su empleo, cargo o comisión por un período no menor de tres días ni mayor de tres meses, y cuando por su importancia lo amerite, destituido e inhabilitado de uno a cinco años, sin perjuicio de que la Secretaría [de la Función Pública] formule la denuncia correspondiente ante el Ministerio Público para los efectos legales procedentes.”

Fondos discrecionales
La economía nacional sigue estancada, pero los políticos siguen elevando sus gastos. La Asamblea Legislativa del Distrito Federal aumentó sus fondos discrecionales de 1,500 millones a 2,186 millones de pesos. Es un dinero que los diputados gastan sin rendir cuentas.

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